ACTAS 1948 CLP

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              COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948
              EC AN ABJLM ACTAS COMISIÓN LEGISLATIVA DE 1948 · Unidad documental simple · 1948-12-08

              ACTA N.º 026

              1. Lectura: Acta de sesión del 1-12-1948, Comisión reabre discusiones sobre Art. 68 de Ley Orgánica de la Función Judicial; el H. Durango solicita se deje constancia de su criterio sobre cuantía respecto a reforma establecida en Decreto Legislativo de 05-11-1948 que no contradice anteriores disposiciones y que juez no tiene competencia en causas de 4.000 sucres; se abre discusión del Art. 68, los HH. Martinez y Villagomez estiman, vacío de ley corresponde a Comisión subsanarlo anteponiendo en cuantía vocablo “indeterminada”. 2. Continúa revisión: Acta de 03-12-1948 sin modificaciones.
                El H. Villagomez solicita a Comisión aclarar a la prensa sobre artículo del Diario “El Día” publicado por el H. Nicolás Martínez; el Presidente estima que no está en contra de la Comisión, solo debe aclararse que anterior Comisión realizó excelente trabajo con distinguidos juristas respecto a codificación de Código Civil y Proyecto de Ley Orgánica de la Función Judicial y Leyes de Bancos, Hacienda, Régimen Administrativo, Matrimonio Civil y Divorcio, Asistencia Pública entre otras.
                La Comisión resuelve que Presidencia decida la aclaración al Diario. 4. Lectura: . Art. 68 de Ley O. Función Judicial, vocales entran a discutir contenido a Proyecto de redacción aclarando disposición sobre residencia de Juez Cuarto de Chimborazo en Alausí, existe contradicción porque la provincia solo dispone de 3 jueces; el Presidente solicita que por Secretaría se lea el Presupuesto, el H. Martinez dice que Ley de Presupuesto resuelve el problema ya que en ésta aparece nombramiento de 4° Juez; por insinuación del H. Durango se suspende discusión hasta consulta a Corte Suprema. 5. Continúa codificación: Ley Orǵanica Función Judicial: Art. 70 actual Ley, redactar considerando reforma incluida en Decreto Legislativo de 21-10-1946 que creó el cantón Baños; el H. Villagomez añade redactar único inciso con el texto que consta en esta acta; Arts. 76 y 77 se aprueban sin modificación; Art. 78, modificar numeral 9°; Art. 80 aprobar con modificación introducida en Decreto Legislativo de 05-11-1948 y cambios aprobados según texto que consta en esta acta y suprimir numeral 6° por reforma de Decreto Legislativo de 21-10-1943; finalmente, considerar reforma constante en Decreto Supremo 231 de 14-07-1938; Art. 81 dejar igual contenido.
                SE LEVANTA LA SESIÓN
              COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948
              COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948
              EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1948-12-20

              ACTA Nº 031

              1. Continúa codificación: Ley Orgánica de Función Judicial, Título IV: Disposiciones Comunes: Art. 170 incluir contenido del Decreto Supremo 231 de 14-07-30; los Arts. 171, 172 y 231, se aprueban sin modificaciones; Art. 173 se aprueba con inserción del texto de Art. 23 del Decreto Legislativo de 19-II-47, R.O. 823 de marzo de 1947; se aprueba Art. 174 con sustitución de vocablo “penales”; Arts. 175, 176 y 177, quedan aprobados con criterio de esta Comisión; Art. 178 aprobado con cambio de vocablo “penales”; Arts. 179 y 180, aprobados con modificaciones; Art. 181, reformado por Ley de Timbres de agosto de1946; se aprueban los Arts. 182, 183, 184, y 185; Art. 186, aprobado según texto de Ley de Régimen Administrativo; Arts. 187 y 188, aprobados sin modificación; Art. 189, redactar según Art. 52 de Ley Aranceles y Derechos Judiciales de mayo de 1947; Art. 190 aprobado con inclusión palabra “orgánica” y efectuando concordancia con Art. 191 de Ley Orgánica de Hacienda; modificación que se apru eba con el cambio de criminal por “penal; Arts. 192 y 193, quedan aprobados sin modificación; Art. 194 se aprueba texto suprimiendo preposición “de”; Art. 185, también se acepta con supresión de palabras finales “o personal”por disposición de numeral 3 del Art. 187 de la Constitución; Art. 196, queda aprobado a continuación se añade otro artículo en base a Decreto Legislativo de 19-II-47; el Art. 197, se aprueba sin modificar. 2. Analizar: Reformas que incorpora el Art. 17 del Decreto Legislativo de 21-10-43 a nuevos artículos de discutida Ley Orgánica de la Función Judicial; la Comisión suprime Art. 3 innumerado referente a tenientes políticos que por efecto del Art. 17 del mencionado Decreto Legislativo se efectuó supresión basada también en Decreto de 05-11- 48; se aprueban Disposiciones Transitorias y Arts. 199, 200, 201, 202, 203.
                SE LEVANTA LA SESIÓN
              COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948
              COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948
              EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1948-12-27

              ACTA Nº 034

              1. Continúa codificación: Se compara texto de codificación y Ley Orgánica de la Función Judicial; se procede a redacción final del Art. 69. 2. Continúa discusiones comparativas de articulado entre texto actual de misma Ley y los Decretos Supremos y Legislativos confirmando reformas realizadas. 3. Solicitar: A Secretaría numerar correctamente el articulado total de la Ley para su publicación, se aprueba tratar en próxima sesión las reformas a la Ley de Régimen Municipal para efectuar trabajos de codificación.
                SE LEVANTA LA SESIÓN
              COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948