EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
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1949-03-07
ACTA Nº 031
- Aprobar: Actas de 21, 22, 23, 24, y 25 de febrero ; y, de 2, 3, 4 y 5 de 03-1949 con modificaciones. 2. El H. Córdova insinúa que se aprueben textos pendientes, Comisión acepta; respecto a los Arts. 582, 584 del Código Civil; el H. Córdova manifiesta que el Art. 7 de Ley de Aguas contiene derecho positivo que limita la propiedad de las aguas; el H. Martínez opina que por este contenido de derecho sustantivo, debe incluirse en Código Civil; el
H. Villagómez alude a esta conveniencia; la Comisión decide incorporar como inciso 3° del Art. 582 el texto del Art. 7 de Ley de Aguas; Arts. 619 y 620 de codificación, poner misma numeración que tienen en el Código Civil y aprobar los mismos, quedan pendientes disposiciones relativas al Ministerio Educación; en Art. 617 del Proyecto codificación suprimir texto, con voto salvado del H. Villagómez, en referencia a patrimonio artístico y cultural que rige la propia ley especial en analogía con Art. 573 del Código Civil.
El H. Villagómez respecto al mencionado artículo, insiste en poner el contenido de la 1° Edición Código Civil, le apoya el H. Martínez, porque a su criterio, el texto concilia con tradición la jurídica de conveniencia familiar. El Art. 484 acoje texto del Art. 494 establecido en 1° Edición.
La Comisión continúa codificación desde Art. 783 aprobar texto discutido conmodificaciones que afectan al Art. 793 del Proyecto de codificación y manteniendo misma numeración del Código Civil suprimir inciso 1°; Art. 801 Proyecto codificación, misma numeración del Código Civil aceptando supresión texto de anterior Codificación; Art. 805 aprobar dejando concordancia con de Ley Patrimonio Familiar; Arts. 814, 816 y 822 del Proyecto de codificación correspondientes a incorporaciones efectuadas con Ley de Patrimonio Familiar acogiendo sugerencia del H. Villagomez sobre cambiar las letras por ordinales armonizando con el sistema de codificación. SE LEVANTA LA SESIÓN