EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
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1949-03-22
ACTA Nº 043
- Aprobar: Acta de sesión anterior. 2. Continúa codificación: Libro IV del Código Civil desde Art. 1637 del Proyecto de codificación equivalente al Art. 1604 del Código vigente con modificaciones; se aprueba Art. 1639 de codificación correspondiente al 1608 Código Civil vigente quedando disposición aprobada ad-referendun por estimar la existencia de reformas al Código del Trabajo y a Ley de Hacienda; el Art. 1708 corresponde en el Código Civil al Art. 1676 de mismo cuerpo legal, se acoge texto de anterior Comisión y se redacta contenido suprimiendo frase ”iglesias y comunidades”; Art. 1720 de codificación correspondiente al Art. 1688 del Código Civil, el H. Martínez estima que debe redactarse este artículo con referencia a prueba de peritos e intérpretes, se suspende aprobación del Art. 1688 hasta próxima sesión; se aprueban demás artículos que no constan en acta y no sufrieron modificaciones. SE LEVANTA LA SESIÓN