EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
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1949-05-30
ACTA N.º 083
- Aprobar: Acta sesión anterior. 2. Continúa codificación: Art. 1368 con modificaciones, se cambia con contenido del Art. 1318 del Código Civil vigente Art. 1379, suspender contenido en relación con reforma del Código de Procedimiento Civil que establece prohibición para ser partidor no siendo abogado ser a la vez, albacea y coasignatario; el H. Córdova insiste en sus exposiciones sobre imposibilidad de ser albacea y coasignatario; el H. Durango estima no haber prohibición para ejercicio de albacea, pero sí, para coasignanatario; el H. Martínez, por falta de acuerdo en criterio que constan en acta de 17 de mayo, solicita suspender aprobación de los Arts. 1379 y 1381; Art. 1382, añadir concordancia en inciso 2° con Art. 1288.
SE LEVANTA LA SESIÓN