Unidad documental simple EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE - COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949

Área de identidad

Código de referencia

EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE

Título

COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949

Fecha(s)

  • 1949-02-07 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

04 fojas, soporte papel

Área de contexto

Nombre del productor

Historia archivística

La Comisión Legislativa Permanente de 1949 registró los debates de las sesiones como una de sus funciones legislativas, los documentos originales fueron transferidos por Secretaría General al Archivo-Biblioteca “Juan León Mera” para su custodia, administración y servicio a la ciudadanía

Origen del ingreso o transferencia

Documentos originales transferidos por la Secretaría General al Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

ACTA Nº 014

  1. Aprobar: Acta de sesión anterior. 2. El H. Córdova dice, Procurador General Nación, refiere ineficacia del vocablo “apelación” de Art. 26 y otros Arts. en la Ley Régimen Municipal por desaparición de Tribunal Garantías Constitucionales, Ley no faculta que éste sea reemplazado por Consejo Estado, además, que le compete Corte Suprema conocer y resolver reclamos en materia de acuerdos, ordenanzas, resoluciones de consejos provinciales, por tanto, cambiar Tribunal Garantías por ”Corte Suprema”, el H. Villlagomez, sobre Art. 26 dice que es “apelar”, porque es recurso de apelación, Corte Suprema actúa unas veces como tribunal, otras como instancia para recurso de apelación; el H. Córdova añade, Art. 130 de la Constitución puntualiza reclamaciones, por tanto, incluir este vocablo en Ley Régimen Municipal.
    El H. Villagómez opina que sentido legal, no otorga facultad a Corte Suprema sobre reclamos en materia contenciosa administrativa, el Art. 97 Ley Régimen Político Administrativo da competencia exclusiva a Consejo Estado, no a Corte Suprema, que el Art. 26, se refiere a naturaleza de funciones del Consejo Provincial establecidas en Art. 97 de Ley Régimen Administrativo y Art. 130 de la Constitución. El H. Villagómez dice: no incluir Consejo Estado en texto del Art. 26, no significa que éste pierda facultad de resolver reclamos que ciudadanos hagan por derecho propio acorde con el Art. 130 de la Constitución, Corte Suprema solo revisa resoluciones de consejos provinciales; el H. Durango indica que las apelaciones no competen ni a Corte Suprema ni a Consejo Estado, eran facultad exclusiva de Tribunal Garantías, por tanto, ni por analogía, ni interpretación extensiva, debe otorgarse facultad de apelación a estos dos organismos.
    El H. Córdova discrepa con el H. Durango, porque función moderadora, compete al Estado, facultad que fuera ejercía ocasionalmente por Tribunal Garantías Constitucionales, ahora está en forma definitiva por Consejo de Estado, desde desaparición de este Tribunal conservando la facultad de apelación, el H. Córdova añade, eliminar facultad de apelación ante Consejo Estado en Art. 26 Ley Régimen Municipal, sería sacrificar derecho a la defensa imposibilitando apelar de resoluciones de consejos provinciales.
    El H. Zambrano, opina que Constitución de 1945 elimina este Tribunal, por lo mismo, debe subsanarse vacío legal, no indefensión contra actos injustos, ilegales provenientes de resoluciones de consejos provinciales, se suspende discusión del tema.
    SE LEVANTA LA SESIÓN

Valorización, destrucción y programación

Estos documentos son de valor permanente

Acumulaciones

No se esperan más transferencias

Sistema de arreglo

La documentación mantiene un orden cronológico y está codificada según el número de sesión de manera ascendente y consecutiva

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Libre acceso para la documentación que se halla digitalizada.

Condiciones

Ninguna

Idioma del material

  • español latinoamericano

Escritura del material

    Notas sobre las lenguas y escrituras

    Características físicas y requisitos técnicos

    Ninguna

    Instrumentos de descripción

    Actas originales de sesiones de la Comisión Legislativa Permanente de 1949

    Área de materiales relacionados

    Existencia y localización de originales

    Archivo Biblioteca "Juan León Mera " de la Función Legislativa

    Existencia y localización de copias

    Se desconoce

    Unidades de descripción relacionadas

    Se desconoce

    Descripciones relacionadas

    Área de notas

    Identificador/es alternativo(os)

    Puntos de acceso

    Puntos de acceso por materia

    Puntos de acceso por lugar

    Puntos de acceso por autoridad

    Tipo de puntos de acceso

    Área de control de la descripción

    Identificador de la descripción

    Identificador de la institución

    Reglas y/o convenciones usadas

    CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: Adoptada por el Comité Internacional de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 se septiembre de 199, 2° Edición [ISAD (G)2]

    Estado de elaboración

    Final

    Nivel de detalle

    Completo

    Fechas de creación revisión eliminación

    2020-03-06
    2020-03-29 SCNQ, revisión.

    Idioma(s)

    • español latinoamericano

    Escritura(s)

      Fuentes

      Nota del archivista

      FJL

      Área de Ingreso