EC/AN/AJLM/ACTAS/ANC-1835-019
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1835-07-09
- Solicitudes: Manuel Gómez Polanco se declare a su hacienda Conrogal libre pago réditos de los principales que reconoce a censo, así como derecho de destilación; y, Pior de Predicadores de Guayaquil reclama providencia dictada por Jefe Supremo, los bienes de dicho Convento que adjudicó al Estado. Pasan Comisión de Hacienda. 2. Representación Protector de indígenas de parroquia Cañar, solicita que los montes y pastos anejos de Tulcán, Capilla y Tuscuni sean comunes, para extraer leña y pacer ganados. A Comisión de Legislación. Y, 3. Miguel y José Grande Suárez, apelan providencia dictada por Jefe Supremo, respecto a las aguas que riegan las cuadras de Miraflores, cuya posesión ha tenido por treinta años. A Comisiones de Legislación y Justicia. 4. Segunda discusión: Concesiones para Hospital de Caridad de Quito. A Comisión de Redacción para que lo presente redactado en forma, atentas las observaciones hechas en primer debate. 5. Moción: Que se vuelva a tomar en consideración artículo sobre división territorial del Estado, declarando que ha de componer una de las bases que deben servir para la Constitución. Pasa a tercera. 6. Excusa: Diputado N. Lazo. Se declara no ser nula elección. 7. Moción: Que el artículo 9 del proyecto de bases, se considere de nuevo por la Cámara y pase a tercera discusión. Aprobada. 8. Lectura: Decreto expedido por la Cámara en sesión del 8 en el que se dan algunas aclaraciones a la ley de 26 octubre de 1833, a fin de que el Poder Ejecutivo puedan mandar juzgar a los conspiradores y sus cómplices.