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Descripción archivística
ECAN ABJLM ACTAS COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1949-11-28

ACTA N.º 120 1. APROBAR: acta 30-01-50 modificada por publicación fallecimiento Dr. Balarezo. 2. Lectura comunicación Dr. Benjamín Borja solicitando que Comisión autorice a su hijo Dr. Ramiro Borja y Borja editar obra “Derecho Constitucional Ecuatoriano” de su autoría en cuyo apéndice publicará las Constituciones del país; Dr. Martinez indica que Comisión no está autorizada, salvo que primero conozca lo que trata obra; Dr. Durango explica no tratarse de codificación sino, recopilado de constituciones para facilitar los comentarios científicos que se hagan en la obra. 2. Coincidiendo criterios Drs. Pérez, Villagomez y Durango indican es otra técnica y como apéndice, están las Constituciones Políticas sin considerar que sean codificación o no, más aún, estando derogadas, no debería negarse la solicitud; Dr. Martinez dice que siendo edición de constituciones, requiere que la Comisión autorice por ser su facultad privativa como dispone Art. 77 de la Constitución vigente, por lo que debe intervenir esta Comisión. 3. RESOLVER: aceptar solicitud. 4. Continuar revisión del Libro II Código Civil desde Art. 912 efectuando siguientes correcciones: Arts. 913 y 914, corregir espacios; Arts. 918, 919, 920, 923, 924 y 925, corregir espacios entre textos; Art. 918, Comisión insiste sustituir citación por “notificación”; Arts. 919, enmiendas gramaticales; Art. 920, enmienda gramatical; Art. 922, inciso 1°, efectuar enmienda gramatical; Art. 925, al final y 1° renglón del inciso 3°, efectuar enmienda gramatical; Arts. 927, 928, 931, 932, 935, y 936, corregir espacios. 5. RATIFICAR: varias enmiendas gramaticales al Art. 930, inciso 2°; Art. 933, supresión gramatical; Art. 944, varias supresiones gramaticales; Art. 947, igual forma, supresión gramatical; Art. 948, enmendar por vocablo correcto “indiviso”. 6. Título XIII, “De la reivindicación” aumentar distancia que separa del Art. 950; Art. 954, suprimiendo guión dejar correcto “proindiviso”; Art. 961, 962, 963, y 964; corregir espacios entre textos; Art. 969 y 971, Dr. Córdova insinúa ponerse “citación con la demanda” porque Código Procedimiento Civil determina expresamente a ésta como efecto de la demanda constituir en mora a demandado; Dr. Villagomes dicwe que institución ha coexistido entre Código Procedimiento y Código Civil, por lo que antes de reformar, debe considerarse que Arts. 969 y 971, tratan 2 cosas diferentes: 1 con frutos y otra con mejoras, es decir, 2 momentos distintos citación con demanda y contestación demanda; Dr. Martinez añade que son efectos distintos debiendo mantenerse texto del Código Civil, por tanto, suspender la reforma hasta próxima sesión; Art. 974, enmiendas gramaticales último renglón; Art. 977, poner mayúscula primera letra del vocablo Título. SE LEVANTA LA SESIÓN

Acta N° 120 Comisión Legislativa Permanente 1949