Mostrando 2 resultados

Descripción archivística
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1949-05-02

ACTA Nº 062

  1. Aprobar: Acta de sesión anterio,r sin modificaciones; el Art. 167 el H. Durango opina se incorpore mismo texto a codificación porque no deroga ni contradice disposiciones de matrimonio y divorcio; se reciben estudios del texto y se resuelve incorporarlos después de Art. 134. 2. Continúa codificación: el Art. 193 con reformas; el Art. 1959, inciso último, mantener mismo texto de Código vigente con referencia el Art. 194 de codificación y supresión de otra parte del texto; Parágrafo 2°, reglas especiales para casos de divorcio, en Título VII, cambiar preñada por “embarazada” , en terminología jurídica es embarazo; los Arts. 267 y 279, sin alterar texto de Código, añadir frase “por el juez”; modificados los artículos y corregida puntuación, efectuadas referencias, se aprueba hasta Art. 182 incluído. SE LEVANTA LA SESIÓN
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1949-05-20

ACTA Nº 076

  1. Aprobar: Acta sesión anterior, con modificación del H. Durango sobre Art. 721. 2. Continúa discusión: Art. 721 del Código Civil; el H. Durango dice que derogatoria afecta al numeral 1°, los demás numerales se relacionan con derecho de propiedad no revisados por el legislador; el H. Córdova manifiesta que el texto Art. 72 se refiere a tradición no a compra-venta mientras Art. 671 del mismo Código, aclara imposibilidad de vender bienes ajenos, pero, el Art. 1805, determina la validez de venta de cosa ajena, por tanto, insiste que Art. 721 está vigente, el H. Durango opina que existen 3 doctrinas o criterios sobre efectos jurídicos por falta de posesión efectiva su criterio es que siendo un contrato perfecto, aún, asi, afecta a la tradición como establece nuestra legislación, se acepta la usada en tribunales justicia, lo que significa que el Art. 721 está derogado por inhabilidad en venta de cosas singulares heredadas, se suspende discusión.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949