EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
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1949-03-10
ACTA Nº 034
- Aprobar: Acta sesión anterio,r modificada con criterio del H. Martinez sobre Art. 948 . 2. Conocer: Codificación Libro II Código Civil con modificaciones al Art. 990 de codificación correspondiente al Art. 953 de Código Civil por contenido del Decreto 209 abril 20 de1936; Art. 992, inciso 2° codificación que corresponde al Art. 953 de Código Civil redactar en relación a texto de 1° Edición del Código Civil; Art. 995 codificación que es Art. 958 Código Civil, modificar según contenido de Código Andrés Bello; Art. 996 codificación equivalente al 959 del Código, se cambia texto con texto contenido en D. Supremo 94 de noviembre 21 de1935; los Arts. 1021, 1013 y 1015 de codificación que corresponden a Arts. 976 y 978 Código Civil, cambiar texto de acuerdo a reformas establecidas en mismo D. Supremo 94; el Art. 1016 codificación modificado por anterior Comisión, incorporar reforma establecida en Art. 48 del mismo Decreto 94; Art.1018 codificación equivalente al 980 de Código Civil, incorporar reforma de D. Supremo 94 y del D. Supremo 111 de diciembre del año1935; Arts. 981, 982 y 983, suprimir también por expresa disposición del Art. 51 del D. Supremo 94; de igual forma y por mismos citados Decretos, se reforman y suprimen varios artículos entre ellos, 984, 1019 que modifican a los Arts. 985, 1024 y 1036; del Código Civil, lo demás artículos que no han sido discutidos, se aprueban con mismos textos hasta Art. 1039 incluído. SE LEVANTA LA SESIÓN