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Descripción archivística
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1949-05-30

ACTA N.º 083

  1. Aprobar: Acta sesión anterior. 2. Continúa codificación: Art. 1368 con modificaciones, se cambia con contenido del Art. 1318 del Código Civil vigente Art. 1379, suspender contenido en relación con reforma del Código de Procedimiento Civil que establece prohibición para ser partidor no siendo abogado ser a la vez, albacea y coasignatario; el H. Córdova insiste en sus exposiciones sobre imposibilidad de ser albacea y coasignatario; el H. Durango estima no haber prohibición para ejercicio de albacea, pero sí, para coasignanatario; el H. Martínez, por falta de acuerdo en criterio que constan en acta de 17 de mayo, solicita suspender aprobación de los Arts. 1379 y 1381; Art. 1382, añadir concordancia en inciso 2° con Art. 1288.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1949-05-17

ACTA N.º 074

  1. Aprobar: Acta sesión anterior. 2. Continúa codificación: Parágrafo 4°, “De las Servidumbres” incorporado al Código Civil por anterior Comisión bajo el título “Del uso y goce de las aguas remanentes y subterráneas”; los HH. Córdova y Durango juzgan que el título es improcedente para Código Civil, es apropiado en Reglamento; el Dr. Martínez opina, no ser propicio para Reglamento por su contenido de decreto con fuerza de ley, sin embargo, estima no debe incorporarse a Código Civil para no desarticular el sistema de codificación y no perjudicar intereses de terceros a pretexto de vigilar la Ley Aguas, añade: no estar en acuerdo con la reforma del Art. 941 puesto que significa legislar y Comisión no posee tal facultad; los HH. Durango y Córdova, aclaran que expresión puesta en texto del Art. 951 se debe a que Ediciones del Código Civil contienen frase puesta por la Comisión Legislativa para dar sentido gramatical más claro.
    Respecto a discusión de incorporar en los Arts. 951, 952, 953 y 954 contenidos de Ley de Aguas como parte del Parágrafo 4°, Título “De las Servidumbres”, se decide no incorporar tales contenidos, además, deja sentado hacer una revisión en próxima sesión las demás incorporaciones tomadas de la Ley Aguas; se aprueban los textos y reformas revisados y las normas codificadas hasta el Art. 1016 entre otras reformas a considerar en próxima reunión.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949 · Unidad documental simple · 1949-05-31

ACTA Nº 083

  1. APROBAR: acta sesión anterior con varias modificaciones. 2. Continuar codificación Código Civil, Libro IV desde Art.1493 haciendo siguientes modificaciones: Art. 1512 volver a texto de Código vigente; Art. 1517, inciso 2° hacer cambio gramatical; Art. 1574 poner referencia con del 1570. 2. Efectuadas estas modificaciones y corregida puntuación Comisión legislativa aprueba hasta Art. 1570. SE LEVANTA LA SESIÓN
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Unidad documental simple · 1949-05-31

ACTA N.º 084

  1. Aprobar: Acta de sesión anterior. 2. Codificación: Libro IV del Código Civil desde Art. 1493 con modificaciones: Art. 1512, texto del Código Civil vigente cambiar sufrido por “padecido” como dice el Proyecto de Codificación; Art. 1517 inciso 2°, redactar en singular conforme sistema adoptado por Comisión; Art. 1547, suprimir coma después de hipoteca; Art. 1574, añadir concordancia con el Art. 1570; se decide que por efectuadas modificaciones, corregida puntuación, queda codificado hasta hasta Art. 1579.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949