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EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Item · 1948-12-31

ACTA Nº 036

  1. Aprobar: Actas de 22, 24 y 27 de diciembre de 1948, en esta última, considerar que las reformas a Ley Orgánica de la Función Judicial publicadas en Registro Oficial 823 de 03-30-1947 se cotejen enmiendas que este Decreto tuvo y que fueron publicadas en Registro Oficial de 03-04-1947; el H. Córdova indica a vocales que por el nuevo presupuesto para Comisión Legislativa, se nombre a funcionarios de Secretaría con el distributivo de sueldos para cada categoría; la Comisión decide que los nombramientos de cada funcionario nominado se extiendan con fecha primero de enero. SE LEVANTA LA SESIÓN
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EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE · Item · 1948-12-03

ACTA Nº 025

  1. Continúa revisión: Art. 69, incisos 2° y 3° de Ley Orgánica de la Función Judicial, el H. Durango solicita que Secretaría de lectura a reformas de dicho artículo contenidas en diversos Decretos que según Dr. Córdova, tienen contradicciones; el H. Martínez manifiesta falta de coordinación entre texto del Decreto Legislativo de 19-02-1947 y el Decreto Legislativo de 21-10-1943; la Comisión después de largas discusiones sobre Art. 69, determina imposibilidad de conciliar reformas, respecto a juez que ejercía funciones en Zaruma decidiendo el Presidente de la Comisión que HH. Córdova y Durango, revisen las actas del Congreso para conocer la historia de esta Ley.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
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EC AN ABJLM ACTAS COMISIÓN LEGISLATIVA DE 1948 · Item · 1948-12-08

ACTA N.º 026

  1. Lectura: Acta de sesión del 1-12-1948, Comisión reabre discusiones sobre Art. 68 de Ley Orgánica de la Función Judicial; el H. Durango solicita se deje constancia de su criterio sobre cuantía respecto a reforma establecida en Decreto Legislativo de 05-11-1948 que no contradice anteriores disposiciones y que juez no tiene competencia en causas de 4.000 sucres; se abre discusión del Art. 68, los HH. Martinez y Villagomez estiman, vacío de ley corresponde a Comisión subsanarlo anteponiendo en cuantía vocablo “indeterminada”. 2. Continúa revisión: Acta de 03-12-1948 sin modificaciones.
    El H. Villagomez solicita a Comisión aclarar a la prensa sobre artículo del Diario “El Día” publicado por el H. Nicolás Martínez; el Presidente estima que no está en contra de la Comisión, solo debe aclararse que anterior Comisión realizó excelente trabajo con distinguidos juristas respecto a codificación de Código Civil y Proyecto de Ley Orgánica de la Función Judicial y Leyes de Bancos, Hacienda, Régimen Administrativo, Matrimonio Civil y Divorcio, Asistencia Pública entre otras.
    La Comisión resuelve que Presidencia decida la aclaración al Diario. 4. Lectura: . Art. 68 de Ley O. Función Judicial, vocales entran a discutir contenido a Proyecto de redacción aclarando disposición sobre residencia de Juez Cuarto de Chimborazo en Alausí, existe contradicción porque la provincia solo dispone de 3 jueces; el Presidente solicita que por Secretaría se lea el Presupuesto, el H. Martinez dice que Ley de Presupuesto resuelve el problema ya que en ésta aparece nombramiento de 4° Juez; por insinuación del H. Durango se suspende discusión hasta consulta a Corte Suprema. 5. Continúa codificación: Ley Orǵanica Función Judicial: Art. 70 actual Ley, redactar considerando reforma incluida en Decreto Legislativo de 21-10-1946 que creó el cantón Baños; el H. Villagomez añade redactar único inciso con el texto que consta en esta acta; Arts. 76 y 77 se aprueban sin modificación; Art. 78, modificar numeral 9°; Art. 80 aprobar con modificación introducida en Decreto Legislativo de 05-11-1948 y cambios aprobados según texto que consta en esta acta y suprimir numeral 6° por reforma de Decreto Legislativo de 21-10-1943; finalmente, considerar reforma constante en Decreto Supremo 231 de 14-07-1938; Art. 81 dejar igual contenido.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
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EC AN ABJLM ACTAS COMISIÓN LEGISLATIVA DE 1948 · Item · 1948-12-10

ACTA Nº 027

  1. Aprobar: Acta de sesión anterior. 2. Conocer: Sección X de Ley Orgánica de la Función Judicial reformar los artículos 82 respecto a tenientes políticos, suprimir “rural” por efecto del contenido de los Decretos Legislativos de 05-11-48, R.O. 57 de 10-11-48 y el de 19-11-47, R.O. N.º 823 añadir texto que dice: “con jurisdicción prorrogada”; Art. 83; 84; 85 reformar texto del mismo D. Legislativo de 05-11-48; Sección XI, Arts. 86, 87, 88 y 89 se aceptan las disposiciones sin modificación; Art. 90, reformar numeral 2°; el H. Villagómez indica que el Art. 88 somete al Vicepresidente de República a la misma prohibición respecto a su rol de árbitro; Art. 91 se aprueba sin modificación; Art. 93, se deja “cargo”; Art. 94, aprobado sin modificación; continúa discusión del Art. 90, numeral 5° sobre grado de parentesco, prohibiendo sea hasta el “tercero”.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
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EC AN ABJLM ACTAS DE LA COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1948 · Item · 1948-12-29

ACTA Nº 035

  1. Conocer: Moción del Presidente indica haber estudiado Ley Régimen Municipal y somete Proyecto a codificación. 2. Conocer: Texto Proyecto de Comisión Legislativa. 2. Conocer: Reforma del último inciso del Art. 3 que sometido a votación, se aprueba. 3. Conocer: Arts. 4, 5 y 6 por mayoría; Art. 5; Art. 12, numerales 2 y 7; Art. 13 numeral 3, Arts.15, 10 y 12 reformar; Arts. 32, 33, 34, 35 y 37 reformar. 4. Continúa revisión: Sección III, Art. 38 reformar; Sección IV: Atribuciones Consejo: reformar toda la sección; Art. 40, reformar varios numerales y literales; reformar Art. 18, letra g); Art. 43 reformar inciso 3; reformar Art. 44, suprimir Art. 45; reformar Art. 46, inciso 8°. 5. Capítulo II: Cabildo Ampliado: reformar Arts. 47, 48 y 49. 6. Capítulo III: Del Alcalde: incorporar Arts. 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32, acorde éstos, reformar Art. 50, inciso 1° y Arts. 53, 54, 58; y 59, incisos 2°, 3° y 9°. 7. Capítulo IV: Funcionarios y Empleados Municipales: reformar Art. 62, numeral 9°. 8. Sección IV: Procurador Síndico: reformar Art 68; 9. Capítulo I: reformar Arts. 75 y 78. 10. Actos Legislativos.- Cap. II: reformar Arts. 83, 84, 91, 92 y 96. 11. Capítulo III.- Administración: reformar Art. 100. 12. Título IV.- Bienes e ingresos: reformar Arts. 110, 113, 114, 115, 116, 117 y 118; 122, inciso 2° Rentas Patrimoniales: reformar Art. 132, numeral 8; Párrafo 1°: reformar Arts. 134 135, 136 137, 138 y 139, letras b) y c); reformar Arts. 142, 143, 144, letras a), d) y c); reformar Arts. 146, 149, 152, numeral 2; 154, último inciso; Párrafo 6°, Impuesto Espectáculos Públicos: reformar Art. 169; Párrafo 7°: Utilidades venta inmuebles, Art.170; Párrafo 8°, reformar Arts. 172, letra a); mismo Párrafo: aprobación planos1reformar Art. 85, mismo Párrafo, reformar rastro y agua potable; Párrafo 5°, Art. 187, inciso 2° luz eléctrica, reformar Arts. 187 y 189; Párrafo 4°, ingresos varios, reformar Art. 192; reforma Arts. 195 y 196; 13. Título V: reformar Arts. 197, inciso 2°, Arts. 205, 206, 210, 211. 212 y 213. 14. Cap. II, Presupuesto: reformar: Arts. 220, 224, incisos 1, 2 y 3: Arts. 127 y 128. 15. Párrafo 5°, Tesorería: reformar Arts. 236 letras b), d) h), i), 238, 239 y Párrafo 7°, Reclamos contribuyentes 246; 16. Suprimir Títulos VII y VII y reformar Arts. Final Ley y final Disposiciones Transitorias; el H. Martinez solicita la codificación inmediata Ley de Marcas y Ley Patentes de Inversiones, se aprueba.
    SE LEVANTA LA SESIÓN
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