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EC AN ABJLM ASAMBLEA CONSTITUYENTE 2007-2008 · Item · 2008-04-30

MANDATO CONSTITUYENTE N° 8
Artículo 1.- Se elimina y prohíbe la tercerización e intermediación laboral y cualquier forma de precarización de las relaciones de trabajo en las actividades a las que se dedique la empresa o empleador. La relación laboral será directa y bilateral entre trabajador y empleador. (...)

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