Showing 1 results

Archival description
CONGRESO CONSTITUYENTE 1832
EC/AN/AJLM/ACTAS/CC-1832-006 · Item · 1832-09-28
  1. Objeciones del Poder Ejecutivo: Luego que se verifiquen los remates de diezmos, procedan los tesoreros departamentales a deducir el nuevo noveno, y los dos novenos que corresponden al Estado. Debate. Se presentan varias mociones sobre la inteligencia del artículo 29 de la Constitución, en cuanto a tomar en cuenta las objeciones o archivarse. Se suspende.
Untitled