Zone d'identification
Code de référence
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
Intitulé
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Date(s)
- 1949-03-21 (Production)
Niveau de description
Pièce
Importance matérielle et support
03 fojas, soporte papel
Zone du contexte
Nom du producteur
COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Notice biographique
Institution de conservation
Histoire archivistique
La Comisión Legislativa Permanente de1998 registró los debates de las sesiones como una de sus funciones legislativas, los documentos originales fueron transferidos por Secretaría General al Archivo-Biblioteca “Juan León Mera” para su custodia, administración y servicio a la ciudadanía
Modalités d'entrée
Documentos originales transferidos por la Secretaría General al Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Zone du contenu et de la structure
Présentation du contenu
ACTA N.º 042
1. Aprobar: Acta de sesión anterior. 2. Continuar codificación: Título IX, Art. 1535 del Proyecto de codificación equivalente al 1503 Código Civil, después de vocablo pago, incluir “lo haría” pues precisa redacción de texto original; el Art. 1575, numeral 1° del Proyecto que corresponde al 1543 Código Civil, se suspende discusión, por efecto del Art. 187 de la, Constitución está derogado; el Art. 1608 de la codificación que corresponde al Art. 1576 Código Civil, se acepta texto elaborado por anterior Comisión;el H. Martínez solicita revisar si apremio personal por deuda, está o no derogado, actualmente concede mayor facultad a acreedor que deudor; Art. 1624 Proyecto codificación, 1592 del Código Civil, Comisión acepta cambio de vocablo notario por “secretario” con texto elaborado por anterior Comisión, además, añadidura al inciso final para establecer concordancia con Ley Orgánica de la Función Judicial y Art. 870 del Código Procedimiento Civil; EL H. Villagómez rechaza análisis por considerar que su contenido es norma adjetiva; el H. Durango estima que Art. 1624 está derogado por Código Procedimiento Civil y acepta el criterio que debe conciliar este Art. 1624 con disposiciones del sistema vigente; el H. Córdova añade que el Código de Enjuiciamiento Civil carecía de disposiciones especiales, en tal virtud, estos artículos sustituyen normas sustantivas; el Art. 1590, numeral 6, criterio del H. Villagómez sobre contenido, que contraviene el Código de Procedimiento Civil; el H. Martínez acota que hay confusión. La Comisión decide no tratar este artículo antes receptar consultas efectuadas.
Se redacta desde Art. 1629 Proyecto codificación correspondiente al Art. 1596 Código Civil hasta Art. 1635 Proyecto que corresponde al Art. 1603 del Código vigente.
SE LEVANTA LA SESIÓN
1. Aprobar: Acta de sesión anterior. 2. Continuar codificación: Título IX, Art. 1535 del Proyecto de codificación equivalente al 1503 Código Civil, después de vocablo pago, incluir “lo haría” pues precisa redacción de texto original; el Art. 1575, numeral 1° del Proyecto que corresponde al 1543 Código Civil, se suspende discusión, por efecto del Art. 187 de la, Constitución está derogado; el Art. 1608 de la codificación que corresponde al Art. 1576 Código Civil, se acepta texto elaborado por anterior Comisión;el H. Martínez solicita revisar si apremio personal por deuda, está o no derogado, actualmente concede mayor facultad a acreedor que deudor; Art. 1624 Proyecto codificación, 1592 del Código Civil, Comisión acepta cambio de vocablo notario por “secretario” con texto elaborado por anterior Comisión, además, añadidura al inciso final para establecer concordancia con Ley Orgánica de la Función Judicial y Art. 870 del Código Procedimiento Civil; EL H. Villagómez rechaza análisis por considerar que su contenido es norma adjetiva; el H. Durango estima que Art. 1624 está derogado por Código Procedimiento Civil y acepta el criterio que debe conciliar este Art. 1624 con disposiciones del sistema vigente; el H. Córdova añade que el Código de Enjuiciamiento Civil carecía de disposiciones especiales, en tal virtud, estos artículos sustituyen normas sustantivas; el Art. 1590, numeral 6, criterio del H. Villagómez sobre contenido, que contraviene el Código de Procedimiento Civil; el H. Martínez acota que hay confusión. La Comisión decide no tratar este artículo antes receptar consultas efectuadas.
Se redacta desde Art. 1629 Proyecto codificación correspondiente al Art. 1596 Código Civil hasta Art. 1635 Proyecto que corresponde al Art. 1603 del Código vigente.
SE LEVANTA LA SESIÓN
Évaluation, élimination et calendrier de conservation
Estos documentos son de valor permanente
Accroissements
No se esperan más transferencias
Mode de classement
La documentación mantiene un orden cronológico y está codificada según el número de sesión de manera ascendente y consecutiva
Zone des conditions d'accès et d'utilisation
Conditions d’accès
Libre acceso para la documentación que se halla digitalizada.
Conditions de reproduction
Ninguna
Langue des documents
Écriture des documents
Notes sur la langue et l'écriture
Caractéristiques matérielle et contraintes techniques
Ninguna
Instruments de recherche
Actas digitalizadas de la Comisión Legislativa Permanente de 1949
Zone des sources complémentaires
Existence et lieu de conservation des originaux
Archivo Biblioteca "Juan León Mera " de la Función Legislativa
Existence et lieu de conservation des copies
Se desconoce
Unités de description associées
Se desconoce
Related descriptions
Zone des notes
Alternative identifier(s)
Points d'accès
Points d'accès sujets
Points d'accès lieux
Points d'accès Noms
- COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE 1949 (Producteur)
Zone du contrôle de la description
Identifiant de la description
Identifiant du service responsable de la description
Règles et/ou conventions utilisées
CONSEJOINTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: Adoptada por el Comité Internacional de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 se septiembre de 199, 2° Edición {ISAD (G)2}
Niveau d'élaboration
Finale
Niveau de détail
Complet
Dates de production, de révision, de suppression
2020-03-10
2020-03-29 SCNQ, revisión.
2020-03-29 SCNQ, revisión.
Langue(s)
- espagnol latino-américain