Zona de identificação
Código de referência
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
Título
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Data(s)
- 1949-05-06 (Produção)
Nível de descrição
Item
Dimensão e suporte
03 fojas, soporte papel
Área de contextualização
Nome do produtor
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
História biográfica
Entidade detentora
História do arquivo
La Comisión Legislativa Permanente de 1949 registró los debates de las sesiones como una de sus funciones legislativas, los documentos originales fueron transferidos por Secretaría General al Archivo-Biblioteca “Juan León Mera” para su custodia, administración y servicio a la ciudadanía
Fonte imediata de aquisição ou transferência
Documentos originales transferidos por la Secretaría General al Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Zona do conteúdo e estrutura
Âmbito e conteúdo
ACTA Nº 066
1. Aprobar: Acta de sesión anterior, sin modificaciones. 2. Conocer: Moción del H. Martinez solicita conste en el acta que la redacción del Art. 275 del Código Civil correspondiente al Art. 312 actual codificación, ha sido redactado conforme a criterio anterior Comisión. 3. Continúa codificación: el Art. 339, el H. Durango sugiere suprimir inciso 1°, dejando 2° acápite que corresponde a inciso 2° del Art.759 del Código Procedimiento Civil, moción una vez discutida, se acepta; después de Art. 353 y como Art. final del Título XVI del Código Civil, añadir texto del artículo del Código Procedimiento Civil, resolución que consideró que Art. 310 del Código Civil , derogado por el D. Supremo 94, vuelve a vigencia en el Art. 775 en el Código Procedimiento Civil de 1938.; el Art. 335, numeral 8°, acoger mismo texto Código Civil por mayor claridad de concepto; el Art. 359 correspondiente al Art. 315 del Código Civil que con anterior Comisión fue Art. 298 el H.. Durango opina que diferenciando el derecho de propiedad del ejercicio de tal derecho, debe conservarse la disposición; el H. Córdova opina que Art. 359 es improcedente, se presta a confusiones, que no existe ninguna persona incapaz de derecho, el H. Montalvo,coincide con el H. Martinez, dice que derecho de propiedad tienen todos, pero la facultad de ejercitar ese derecho, no, por ellodebe mantenerse disposición; no hay votación mayoritaria para suprimir, se deja texto del Art. 359.
Efectuadas las modificaciones, corregida puntuación y colocadas referencias se aprueban disposiciones hasta Art. 383 incluido, se decide que próxima sesión inicie revisando Art. 384.
SE LEVANTA LA SESIÓN
1. Aprobar: Acta de sesión anterior, sin modificaciones. 2. Conocer: Moción del H. Martinez solicita conste en el acta que la redacción del Art. 275 del Código Civil correspondiente al Art. 312 actual codificación, ha sido redactado conforme a criterio anterior Comisión. 3. Continúa codificación: el Art. 339, el H. Durango sugiere suprimir inciso 1°, dejando 2° acápite que corresponde a inciso 2° del Art.759 del Código Procedimiento Civil, moción una vez discutida, se acepta; después de Art. 353 y como Art. final del Título XVI del Código Civil, añadir texto del artículo del Código Procedimiento Civil, resolución que consideró que Art. 310 del Código Civil , derogado por el D. Supremo 94, vuelve a vigencia en el Art. 775 en el Código Procedimiento Civil de 1938.; el Art. 335, numeral 8°, acoger mismo texto Código Civil por mayor claridad de concepto; el Art. 359 correspondiente al Art. 315 del Código Civil que con anterior Comisión fue Art. 298 el H.. Durango opina que diferenciando el derecho de propiedad del ejercicio de tal derecho, debe conservarse la disposición; el H. Córdova opina que Art. 359 es improcedente, se presta a confusiones, que no existe ninguna persona incapaz de derecho, el H. Montalvo,coincide con el H. Martinez, dice que derecho de propiedad tienen todos, pero la facultad de ejercitar ese derecho, no, por ellodebe mantenerse disposición; no hay votación mayoritaria para suprimir, se deja texto del Art. 359.
Efectuadas las modificaciones, corregida puntuación y colocadas referencias se aprueban disposiciones hasta Art. 383 incluido, se decide que próxima sesión inicie revisando Art. 384.
SE LEVANTA LA SESIÓN
Avaliação, selecção e eliminação
Estos documentos son de valor permanente
Ingressos adicionais
No se esperan más transferencias
Sistema de organização
La documentación mantiene un orden cronológico y está codificada según el número de sesión de manera ascendente y consecutiva
Zona de condições de acesso e utilização
Condições de acesso
Libre acceso para la documentación que se halla digitalizada
Condiçoes de reprodução
Ninguna
Idioma do material
- espanhol latino-americano
Script do material
Notas ao idioma e script
Características físicas e requisitos técnicos
Ninguna
Instrumentos de descrição
Actas digitalizadas de la Comisión Legislativa Permanente de 1949
Zona de documentação associada
Existência e localização de originais
Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Existência e localização de cópias
Se desconoce
Unidades de descrição relacionadas
Se desconoce
Related descriptions
Zona de notas
Alternative identifier(s)
Pontos de acesso
Pontos de acesso - assunto
Pontos de acesso - lugares
Ponto de acesso - nome
- COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949 (Produtor)
Zona do controlo da descrição
Identificador da descrição
identificador da instituição
Regras ou convenções utilizadas
CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: adoptada por el Comité de Normas de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 de septiembre 1999, 2° edición. [ISAD (G) 2]
Estatuto
Final
Nível de detalhe
Completo
Datas de criação, revisão, eliminação
2020-03-11
2020-04-01 SCNQ, revisión.
2020-04-01 SCNQ, revisión.
Idioma(s)
- espanhol latino-americano