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Reference code
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
Title
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Date(s)
- 1949-05-06 (Creation)
Level of description
Item
Extent and medium
03 fojas, soporte papel
Context area
Name of creator
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Biographical history
Archival history
La Comisión Legislativa Permanente de 1949 registró los debates de las sesiones como una de sus funciones legislativas, los documentos originales fueron transferidos por Secretaría General al Archivo-Biblioteca “Juan León Mera” para su custodia, administración y servicio a la ciudadanía
Immediate source of acquisition or transfer
Documentos originales transferidos por la Secretaría General al Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Content and structure area
Scope and content
ACTA Nº 066
1. Aprobar: Acta de sesión anterior, sin modificaciones. 2. Conocer: Moción del H. Martinez solicita conste en el acta que la redacción del Art. 275 del Código Civil correspondiente al Art. 312 actual codificación, ha sido redactado conforme a criterio anterior Comisión. 3. Continúa codificación: el Art. 339, el H. Durango sugiere suprimir inciso 1°, dejando 2° acápite que corresponde a inciso 2° del Art.759 del Código Procedimiento Civil, moción una vez discutida, se acepta; después de Art. 353 y como Art. final del Título XVI del Código Civil, añadir texto del artículo del Código Procedimiento Civil, resolución que consideró que Art. 310 del Código Civil , derogado por el D. Supremo 94, vuelve a vigencia en el Art. 775 en el Código Procedimiento Civil de 1938.; el Art. 335, numeral 8°, acoger mismo texto Código Civil por mayor claridad de concepto; el Art. 359 correspondiente al Art. 315 del Código Civil que con anterior Comisión fue Art. 298 el H.. Durango opina que diferenciando el derecho de propiedad del ejercicio de tal derecho, debe conservarse la disposición; el H. Córdova opina que Art. 359 es improcedente, se presta a confusiones, que no existe ninguna persona incapaz de derecho, el H. Montalvo,coincide con el H. Martinez, dice que derecho de propiedad tienen todos, pero la facultad de ejercitar ese derecho, no, por ellodebe mantenerse disposición; no hay votación mayoritaria para suprimir, se deja texto del Art. 359.
Efectuadas las modificaciones, corregida puntuación y colocadas referencias se aprueban disposiciones hasta Art. 383 incluido, se decide que próxima sesión inicie revisando Art. 384.
SE LEVANTA LA SESIÓN
1. Aprobar: Acta de sesión anterior, sin modificaciones. 2. Conocer: Moción del H. Martinez solicita conste en el acta que la redacción del Art. 275 del Código Civil correspondiente al Art. 312 actual codificación, ha sido redactado conforme a criterio anterior Comisión. 3. Continúa codificación: el Art. 339, el H. Durango sugiere suprimir inciso 1°, dejando 2° acápite que corresponde a inciso 2° del Art.759 del Código Procedimiento Civil, moción una vez discutida, se acepta; después de Art. 353 y como Art. final del Título XVI del Código Civil, añadir texto del artículo del Código Procedimiento Civil, resolución que consideró que Art. 310 del Código Civil , derogado por el D. Supremo 94, vuelve a vigencia en el Art. 775 en el Código Procedimiento Civil de 1938.; el Art. 335, numeral 8°, acoger mismo texto Código Civil por mayor claridad de concepto; el Art. 359 correspondiente al Art. 315 del Código Civil que con anterior Comisión fue Art. 298 el H.. Durango opina que diferenciando el derecho de propiedad del ejercicio de tal derecho, debe conservarse la disposición; el H. Córdova opina que Art. 359 es improcedente, se presta a confusiones, que no existe ninguna persona incapaz de derecho, el H. Montalvo,coincide con el H. Martinez, dice que derecho de propiedad tienen todos, pero la facultad de ejercitar ese derecho, no, por ellodebe mantenerse disposición; no hay votación mayoritaria para suprimir, se deja texto del Art. 359.
Efectuadas las modificaciones, corregida puntuación y colocadas referencias se aprueban disposiciones hasta Art. 383 incluido, se decide que próxima sesión inicie revisando Art. 384.
SE LEVANTA LA SESIÓN
Appraisal, destruction and scheduling
Estos documentos son de valor permanente
Accruals
No se esperan más transferencias
System of arrangement
La documentación mantiene un orden cronológico y está codificada según el número de sesión de manera ascendente y consecutiva
Conditions of access and use area
Conditions governing access
Libre acceso para la documentación que se halla digitalizada
Conditions governing reproduction
Ninguna
Language of material
- Latin American Spanish
Script of material
Language and script notes
Physical characteristics and technical requirements
Ninguna
Finding aids
Actas digitalizadas de la Comisión Legislativa Permanente de 1949
Allied materials area
Existence and location of originals
Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Existence and location of copies
Se desconoce
Related units of description
Se desconoce
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Notes area
Alternative identifier(s)
Access points
Subject access points
Place access points
Name access points
- COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949 (Creator)
Description control area
Description identifier
Institution identifier
Rules and/or conventions used
CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: adoptada por el Comité de Normas de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 de septiembre 1999, 2° edición. [ISAD (G) 2]
Status
Final
Level of detail
Full
Dates of creation revision deletion
2020-03-11
2020-04-01 SCNQ, revisión.
2020-04-01 SCNQ, revisión.
Language(s)
- Latin American Spanish