Área de identidad
Código de referencia
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
Título
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Fecha(s)
- 1949-04-30 (Creación)
Nivel de descripción
Unidad documental simple
Volumen y soporte
03 fojas, soporte papel
Área de contexto
Nombre del productor
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
La Comisión Legislativa Permanente de 1949 registró los debates de las sesiones como una de sus funciones legislativas, los documentos originales fueron transferidos por Secretaría General al Archivo-Biblioteca “Juan León Mera” para su custodia, administración y servicio a la ciudadanía
Origen del ingreso o transferencia
Documentos originales transferidos por la Secretaría General al Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
ACTA Nº 060
1. Aprobar: Acta de sesión anterior considerando criterio del H. Durango al Art. 157. 2. Proseguir revisión de Código Civil desde Art. 127 con siguientes indicaciones: Art. 132, regla 13°, por insinuación del H. Durango, suprimir frase final, se acepta, ya que acápite siguiente determina en forma general y extensiva todos los casos en que el artículo diga “por tales causas será declarado el divorcio en virtud de la demanda propuesta por el cónyuge que se creyere perjudicado”; Art. 141 inciso 2°, cambiar frase este código por “este Título”, lo mismo corre para Art. 143; Art. 149, poner mismo texto conservando supresión “eclesiástica"; el Art. 157, dice el H. Durango que texto está incompleto, a más de casos enunciados, están los determinados en artículo 34 de Código Procedimiento, y otros, del mismo Código Civil; como caso intervención de hija ilegítima casada, conviene hacer las agregaciones respectivas. La Comisión acepta moción sobre inciso 2° de Art. 157 (corresponde al 158) tomando texto que consta en esta acta; Art. 155, corresponde al 165, inciso 2° (166) a insinuación del H. Durango, suprimir frase “excluida o no de bienes” por redundancia, ya que exclusión da libertad a mujer para disponer de sus bienes; se opone el H. Martínez indicando que aunque tenga bienes aparte, disposición se aplica y debe conservarse; el H. Durango afirma que el legislador analiza que cónyuge respalde con sus propios bienes obligaciones del marido hipotecando sus propios bienes; el H. Martínez insiste que éste es uno de los casos, por tanto, mantener texto de mencionado inciso. Se acepta mantener texto, efectuadas las modificaciones y corregida puntuación, se aprueba hasta Art. 158.
SE LEVANTA LA SESIÓN
1. Aprobar: Acta de sesión anterior considerando criterio del H. Durango al Art. 157. 2. Proseguir revisión de Código Civil desde Art. 127 con siguientes indicaciones: Art. 132, regla 13°, por insinuación del H. Durango, suprimir frase final, se acepta, ya que acápite siguiente determina en forma general y extensiva todos los casos en que el artículo diga “por tales causas será declarado el divorcio en virtud de la demanda propuesta por el cónyuge que se creyere perjudicado”; Art. 141 inciso 2°, cambiar frase este código por “este Título”, lo mismo corre para Art. 143; Art. 149, poner mismo texto conservando supresión “eclesiástica"; el Art. 157, dice el H. Durango que texto está incompleto, a más de casos enunciados, están los determinados en artículo 34 de Código Procedimiento, y otros, del mismo Código Civil; como caso intervención de hija ilegítima casada, conviene hacer las agregaciones respectivas. La Comisión acepta moción sobre inciso 2° de Art. 157 (corresponde al 158) tomando texto que consta en esta acta; Art. 155, corresponde al 165, inciso 2° (166) a insinuación del H. Durango, suprimir frase “excluida o no de bienes” por redundancia, ya que exclusión da libertad a mujer para disponer de sus bienes; se opone el H. Martínez indicando que aunque tenga bienes aparte, disposición se aplica y debe conservarse; el H. Durango afirma que el legislador analiza que cónyuge respalde con sus propios bienes obligaciones del marido hipotecando sus propios bienes; el H. Martínez insiste que éste es uno de los casos, por tanto, mantener texto de mencionado inciso. Se acepta mantener texto, efectuadas las modificaciones y corregida puntuación, se aprueba hasta Art. 158.
SE LEVANTA LA SESIÓN
Valorización, destrucción y programación
Estos documentos son de valor permanente
Acumulaciones
No se esperan más transferencias
Sistema de arreglo
La documentación mantiene un orden cronológico y está codificada según el número de sesión de manera ascendente y consecutiva
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Libre acceso para la documentación que se halla digitalizada.
Condiciones
Ninguna
Idioma del material
- español latinoamericano
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Ninguna
Instrumentos de descripción
Actas digitalizadas de la Comisión Legislativa Permanente de 1949
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Existencia y localización de copias
Se desconoce
Unidades de descripción relacionadas
Se desconoce
Descripciones relacionadas
Área de notas
Alternative identifier(s)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por fecha o materia
Puntos de acceso por nombre o lugar
Puntos de acceso por autoridad
- COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949 (Creador)
Área de control de la descripción
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: Adoptada por el Comité Internacional de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 se septiembre de 199, 2° Edición {ISAD (G)2}
Estado de elaboración
Final
Nivel de detalle
Completo
Fechas de creación revisión eliminación
2020-03-11
2020-03-27 SCNQ, revisión.
2020-03-27 SCNQ, revisión.
Idioma(s)
- español latinoamericano
Escritura(s)
Fuentes
Nota del archivista
FJL