Área de identidad
Código de referencia
EC AN ABJLM COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE
Título
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Fecha(s)
- 1949-02-18 (Creación)
Nivel de descripción
Unidad documental simple
Volumen y soporte
03 fojas, soporte papel
Área de contexto
Nombre del productor
COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
La Comisión Legislativa Permanente de 1949 registró los debates de las sesiones como una de sus funciones legislativas, los documentos originales fueron transferidos por Secretaría General al Archivo-Biblioteca “Juan León Mera” para su custodia, administración y servicio a la ciudadanía
Origen del ingreso o transferencia
Documentos originales transferidos por la Secretaría General al Archivo-Biblioteca Juan León Mera de la Función Legislativa
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
ACTA Nº 020
1. Continúa Codificación: Código Civil, artículo 146 del Proyecto de codificación, que corresponde al 154 Código Civil vigente, último inciso sobre declaración respecto a que la mujer requiere autorización del marido para presentarse en juicio, excluyendo materia de bienes, pero dispone sobre otros asuntos referidos a su persona como uso de la palabra; el H. Durango indica, que la mujer casada está sujeta a regla general, puede comparecer a juicio autorizada por su marido, salvo casos de policía, penales, separación, exclusión de bienes por mandato de regla general expuesta en Art. 130, se aprueba; el H. Córdova sugiere que Art. 154 confirma la regla del Art. 130 sobre bienes, que seconsidere cambio en texto; la Comisión aprueba el texto del Art. 154; inciso último texto deja autorización al marido o subsidiariamente al juez aún en casos de que la mujer tiene administración separada por disposición de Arts. 161 y 162 salvo excepciones establecidas en el Art. 130; el H. Martinez solicita insertar en el Art. 6 texto sobre promulgación de la Ley, cuyo criterio ya lo expresó, en sentido de añadir nota; se discute que en Art. 150 dela codificación correspondiente a Art. 158 del Código Civil vigente, se añada texto al inciso 2°; el H. Zambrano solicita que en Art. 154 Código Civil, se considere contenido del Art. 34 del Código Procedimiento Civil sobre ampliar posibilidad de mujer separada bienes para intervenir en juicios; la Presidencia informa sobre el Art. 154 que se encuentra aprobado por la Comisión; Art. 155 cuyo texto a criterio de anterior Comisión, corresponde al Art. 873 del Código Procedimiento Civil, igual situación, existe en Arts. 888, 889, 890 del mismo Código de Procedimiento; en el Parágrafo sobre “excepciones divorcio” exceptuando Art. 167 Código Civil, Comisión resuelve incorporar Capítulo del Matrimonio ; la Comisión aprueba dejar para codificación en días jueves y sábados. Los Vocales continúan aprobación hasta el Art. 162 de la codificación incluyendo el Art. 172.
SE LEVANTA LA SESIÓN
1. Continúa Codificación: Código Civil, artículo 146 del Proyecto de codificación, que corresponde al 154 Código Civil vigente, último inciso sobre declaración respecto a que la mujer requiere autorización del marido para presentarse en juicio, excluyendo materia de bienes, pero dispone sobre otros asuntos referidos a su persona como uso de la palabra; el H. Durango indica, que la mujer casada está sujeta a regla general, puede comparecer a juicio autorizada por su marido, salvo casos de policía, penales, separación, exclusión de bienes por mandato de regla general expuesta en Art. 130, se aprueba; el H. Córdova sugiere que Art. 154 confirma la regla del Art. 130 sobre bienes, que seconsidere cambio en texto; la Comisión aprueba el texto del Art. 154; inciso último texto deja autorización al marido o subsidiariamente al juez aún en casos de que la mujer tiene administración separada por disposición de Arts. 161 y 162 salvo excepciones establecidas en el Art. 130; el H. Martinez solicita insertar en el Art. 6 texto sobre promulgación de la Ley, cuyo criterio ya lo expresó, en sentido de añadir nota; se discute que en Art. 150 dela codificación correspondiente a Art. 158 del Código Civil vigente, se añada texto al inciso 2°; el H. Zambrano solicita que en Art. 154 Código Civil, se considere contenido del Art. 34 del Código Procedimiento Civil sobre ampliar posibilidad de mujer separada bienes para intervenir en juicios; la Presidencia informa sobre el Art. 154 que se encuentra aprobado por la Comisión; Art. 155 cuyo texto a criterio de anterior Comisión, corresponde al Art. 873 del Código Procedimiento Civil, igual situación, existe en Arts. 888, 889, 890 del mismo Código de Procedimiento; en el Parágrafo sobre “excepciones divorcio” exceptuando Art. 167 Código Civil, Comisión resuelve incorporar Capítulo del Matrimonio ; la Comisión aprueba dejar para codificación en días jueves y sábados. Los Vocales continúan aprobación hasta el Art. 162 de la codificación incluyendo el Art. 172.
SE LEVANTA LA SESIÓN
Valorización, destrucción y programación
Estos documentos son de valor permanente
Acumulaciones
No se esperan más transferencias
Sistema de arreglo
La documentación mantiene un orden cronológico y está codificada según el número de sesión de manera ascendente y consecutiva
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Libre acceso para la documentación que se halla digitalizada
Condiciones
Ninguna
Idioma del material
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Ninguna
Instrumentos de descripción
Actas digitalizadas de las sesiones de la Comisión Legislativa Permanente de 1949
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Archivo Biblioteca "Juan León Mera " de la Función Legislativa
Existencia y localización de copias
Se desconoce
Unidades de descripción relacionadas
Se desconoce
Descripciones relacionadas
Área de notas
Alternative identifier(s)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por fecha o materia
Puntos de acceso por nombre o lugar
Puntos de acceso por autoridad
- COMISIÓN LEGISLATIVA PERMANENTE 1949 (Creador)
Área de control de la descripción
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. Norma Internacional General de Descripción Archivística: Adoptada por el Comité Internacional de Descripción, Estocolmo, Suecia 19-22 se septiembre de 199, 2° Edición [ISAD (G)2]
Estado de elaboración
Final
Nivel de detalle
Completo
Fechas de creación revisión eliminación
2020-03-09
2020-03-21 SCNQ, revisión.
2020-03-21 SCNQ, revisión.
Idioma(s)
- español latinoamericano
Escritura(s)
Fuentes
Nota del archivista
FJL